Registro de Contrato Colectivo de Trabajo inicial y convenio de revisión integral ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Por: Gabriela Bravo
Para un nuevo registro o bien un convenio de revisión integral al Contrato Colectivo de Trabajo el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral contará con verificadores gratuitos capacitados para acompañar a los sindicatos en sus procedimientos de consulta para la aprobación de contratos iniciales y sus revisiones integrales.
Los contratos colectivos podrán revisarse cada año, en cuanto a salarios; y cada dos años de manera integral. Todas las revisiones integrales deben ser consultadas y aprobadas por los trabajadores.
Las solicitudes de revisión deberán realizarse por lo menos 60 días naturales antes:
- Del vencimiento del contrato colectivo por tiempo determinado, si éste no es mayor a dos años;
- Del transcurso de dos años, en los casos de contrato determinado por una duración mayor.
- Del transcurso de dos años, en los casos de contrato por tiempo indeterminado o por obra determinada.
Los siguientes pasos, son los que se deberán de seguir para oder llevar a cabo dicha revisión:
1.-Aprobación del contenido de contrato colectivo de trabajo inicial o convenio de revisión integral
- Una vez acordados con el patrón los términos del contrato inicial o del convenio de revisión, el sindicato dará aviso al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) que someterá a consulta la aprobación del acuerdo.
- La convocatoria debe emitirse al menos diez días antes de la fecha de la consulta y publicarse en lugares visibles. Además, señalará el día, hora y lugar de la consulta. Importante: El sindicato deberá entregar a los trabajadores un ejemplar impreso o electrónico del contrato inicial o del convenio de revisión que se someterá a consulta.
- El lugar designado para la votación deberá ser accesible y permitir que la emisión del voto sea libre, pacífica, ágil y segura.
- El resultado de la votación será publicado por la directiva sindical en lugares visibles del centro o centros de trabajo.
2.- Aviso de resultados al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
El sindicato dará aviso del resultado de la votación al CFCRL dentro de los tres días hábiles siguientes a la consulta.
Si el CFCRL determina que existen inconsistencias, la consulta se declarará nula y ordenará su reposición.
Si se cuenta con el apoyo mayoritario de los trabajadores:
- El sindicato realizará la solicitud de registro ante el CFCRL.
Si no se cuenta con el apoyo mayoritario de los trabajadores, el sindicato podrá optar por:
- Ejercer su derecho a huelga.
- Prorrogar o ampliar el periodo de pre-huelga para continuar con la negociación y someter el acuerdo a nueva consulta
3.-Solicitud de registro de contrato colectivo inicial o convenio de revisión
- El sindicato deberá acreditar que cuenta con la Constancia de Representatividad, expedida por el CFCRL.
- Para depositar un contrato inicial o una revisión integral, se deberá acreditar a través de un acta que los trabajadores aprobaron el acuerdo.
- La solicitud de registro deberá llevar adjunta, además:
*Comprobante de identificación con el que las partes contratantes acrediten su personalidad.
*Contrato colectivo o convenio de revisión, y su ámbito de aplicación