Contrato Colectivo de Trabajo Inicial

Registro de Contrato Colectivo de Trabajo inicial y convenio de revisión integral ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Por: Gabriela Bravo

Para un nuevo registro o bien un convenio de revisión integral al Contrato Colectivo de Trabajo el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral contará con verificadores gratuitos capacitados para acompañar a los sindicatos en sus procedimientos de consulta para la aprobación de contratos iniciales y sus revisiones integrales.

ContratoLos contratos colectivos podrán revisarse cada año, en cuanto a salarios; y cada dos años de manera integral. Todas las revisiones integrales deben ser consultadas y aprobadas por los trabajadores.

Las solicitudes de revisión deberán realizarse por lo menos 60 días naturales antes:

  • Del vencimiento del contrato colectivo por tiempo determinado, si éste no es mayor a dos años;
  • Del transcurso de dos años, en los casos de contrato determinado por una duración mayor.
  • Del transcurso de dos años, en los casos de contrato por tiempo indeterminado o por obra determinada.

Los siguientes pasos, son los que se deberán de seguir para oder llevar a cabo dicha revisión:

1.-Aprobación del contenido de contrato colectivo de trabajo inicial o convenio de revisión integral

  1. Una vez acordados con el patrón los términos del contrato inicial o del convenio de revisión, el sindicato dará aviso al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) que someterá a consulta la aprobación del acuerdo.
  2. La convocatoria debe emitirse al menos diez días antes de la fecha de la consulta y publicarse en lugares visibles. Además, señalará el día, hora y lugar de la consulta. Importante: El sindicato deberá entregar a los trabajadores un ejemplar impreso o electrónico del contrato inicial o del convenio de revisión que se someterá a consulta.
  3. El lugar designado para la votación deberá ser accesible y permitir que la emisión del voto sea libre, pacífica, ágil y segura.
  4. El resultado de la votación será publicado por la directiva sindical en lugares visibles del centro o centros de trabajo.

2.- Aviso de resultados al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

El sindicato dará aviso del resultado de la votación al CFCRL dentro de los tres días hábiles siguientes a la consulta.

Si el CFCRL determina que existen inconsistencias, la consulta se declarará nula y ordenará su reposición.

Si se cuenta con el apoyo mayoritario de los trabajadores:

  • El sindicato realizará la solicitud de registro ante el CFCRL.

Si no se cuenta con el apoyo mayoritario de los trabajadores, el sindicato podrá optar por:

  • Ejercer su derecho a huelga.
  • Prorrogar o ampliar el periodo de pre-huelga para continuar con la negociación y someter el acuerdo a nueva consulta

3.-Solicitud de registro de contrato colectivo inicial o convenio de revisión

  1. El sindicato deberá acreditar que cuenta con la Constancia de Representatividad, expedida por el CFCRL.
  2. Para depositar un contrato inicial o una revisión integral, se deberá acreditar a través de un acta que los trabajadores aprobaron el acuerdo.
  3. La solicitud de registro deberá llevar adjunta, además:

*Comprobante de identificación con el que las partes contratantes acrediten su personalidad.
*Contrato colectivo o convenio de revisión, y su ámbito de aplicación

 

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